Condenado por agresión sexual a su sobrino de 10 años

El hombre admite ante el tribunal que obligó al menor a que lo masturbara

13 dic 2018 / 11:32 H.

Daniel F. O. entró a la sala de vistas de la Audiencia de Jaén tapándose el rostro con una capucha. Ante el tribunal de la Sección Segunda y ya a cara descubierta, este joven vecino de un municipio de la comarca de El Condado apenas habló. Solo abrió la boca responder que “sí” cuando la fiscal Manuela Gassó le preguntó si sabía porque estaba en el banquillo. De este modo, Daniel F. O., de 22 años, reconoció haber agredido sexualmente a su sobrino, un niño de tan solo 10 años. Admitió que le exhibió películas pornográficas y que, en varias ocasiones, obligó al menor a realizarle una masturbación. También mostró imágenes de explícito contenido sexual a una hermana de la víctima, una chica que en el momento en que ocurrieron los hechos tenía 13 años.

El castigo por estos delitos son dos años y cinco meses de prisión, siete años de alejamiento y cinco años más de libertad vigilada, en los que tendrá que hacer talleres formativos de rehabilitación sexual. Su defensa logró demostrar ante los magistrados que el procesado sufre una anomalía psíquica con alteración de la percepción de la realidad desde el nacimiento. En concreto, presenta “un bajo nivel intelectivo”, que afecta, pero no anula, sus capacidades volitiva y cognitiva. Por ello, se le aplicó una atenuante que permitió rebajar sensiblemente la petición inicial de condena, que era de ocho años y cuatro meses de cárcel.

Los hechos ocurrieron a lo largo del año 2015 y siempre en la casa de los padres del acusado, que es hermano del compañero sentimental de la madre de los niños. La sentencia establece que Daniel F. O. llevaba al niño a su habitación, “donde procedía al visionado de películas de contenido sexual explícito en presencia del menor”. En el dormitorio, el procesado se masturbaba y, en ocasiones, obligó al niño a que le realizara esa práctica sexual. “Lo amenazaba con matar a su padre, a su madre y a sus hermanos si no lo hacía”, añade la resolución judicial.

Fue el colegio donde estaban los dos hermanos el que dio la voz de alarma al notar que el niño cambió su comportamiento y se mostraba mucho más “nervioso, triste y agresivo”. El caso llegó al centro de servicios sociales de la comarca y, de ahí, a la Fiscalía, ya que se consideró que el testimonio del menor era “creíble”. En enero de 2016, se presentó la denuncia contra Daniel F. O. y se dictaron medidas cautelares. Casi tres años después, el joven se sentó en el banquillo de los acusados para admitir su culpabilidad.

Actualmente, los niños viven fuera de la provincia de Jaén con un familiar. En principio, ambos estaban citados para declarar por videoconferencia. Sin embargo, su interrogatorio no fue necesario dado a que su tío reconoció los hechos. La sentencia no recoge indemnización para las víctimas, ya que la madre de los pequeños, que es su representante legal, renunció expresamente a cualquier compensación que pudiera corresponderle por estos hechos. Tras escuchar la condena, Daniel F. O. volvió a ponerse la capucha y se marchó.