Un año sin ver a su hijo como castigo por darle un bofetón

La sentencia también le impone 45 días de cárcel, que el hombre no cumplirá

08 nov 2017 / 08:43 H.

Darle un bofetón a su hijo adolescente le ha salido muy caro a Antonio José A. L., un jiennense de 41 años. En concreto, el Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén le ha impuesto 45 días de cárcel —que no cumplirá porque carece de antecedentes— y un año sin poder acercarse al chico a menos de cien metros ni comunicarse con él. La sentencia, que todavía no es firme, lo considera autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar.

Desde luego es una resolución que vuelve a traer al centro del debate público hasta dónde llegan el derecho de corrección de los progenitores con respecto a los hijos. En este caso concreto, el matrimonio está divorciado y el adolescente, que entonces tenía 13 años, se encontraba a cargo de su padre. El día de autos, el 10 de julio de 2015, el chico discutió con sus primos —también menores— por la tarjeta de un teléfono móvil. En un primer momento, fue su propia tía la que lo requirió en repetidas ocasiones para que le entregara el terminal. Como se negó, le dio un “golpe en la cara con la mano, lo cogió del brazo y le clavó las uñas”. Ella también ha sido condenada por un delito leve de lesiones, por el que tendrá que pagar una multa de 60 euros.

El adolescente se marchó del lugar y, cuando llegó a la casa de sus abuelo, donde estaba viviendo, su padre le dio una bofetada, tal y como considera probado la sentencia. “Lo hizo sin manifestación previa”, sostiene la juez Erika Ávila en su resolución. El menor sufrió un enrojecimiento en la mejilla y en el cuello. En el juicio, celebrado el pasado 31 de octubre, el acusado negó los hechos: “Jamás le he dado un guantazo a mi hijo”, dijo, entonces, Antonio José A. L.

No obstante, la magistrada considera que sí que le dio un golpe en la cara. Se apoya en las manifestaciones del propio adolescente, que relató al tribunal la discusión con sus primos por el móvil y cómo al llegar a casa de su abuelo su padre le pegó un tortazo y le dijo que se fuera en el autobús con su madre. La progenitora, que no presenció los hechos, también ratificó esta versión. Explicó que su expareja la llamó para decirle que le mandaba al niño “porque no podía con él” y que “alguna bofetada le había llegado”. El tercer elemento que ha tenido en cuenta su señoría es el parte de lesiones, emitido por el médico del centro de salud que lo atendió. El doctor certificó que el niño presentaba erosiones en el brazo —las que le produjo su tía— y una inflamación de la mejilla, provocada por el bofetón que le dio su padre. Por ello, la sentencia condena a Antonio José A. L. como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar.

Eso sí, la juez entiende que es conveniente imponer la pena mínima a este jiennense. Considera que la actuación del progenitor fue “provocada tras una negativa reiterada del menor a entregar su teléfono móvil”. Además, añade que se trató de un “hecho puntual”. “Ha de conllevar el menor reproche penal”, concluye la magistrada Erika Ávila.

No obstante, es el mínimo legal conlleva 45 días de prisión y un año más de prohibición de acercarse a su hijo ni comunicarse con él por cualquier medio. También tendrá que hacer frente a las costas del proceso judicial, incluidos los honorarios del abogado de la acusación particular, ejercida por su exesposa. La sentencia puede recurrirse ante la Audiencia.