Los acusados de una paliza alegan legítima defensa

La Fiscalía mantiene su petición de penas de nueve y diez años

03 dic 2016 / 11:16 H.

La Audiencia Provincial deja visto para sentencia el juicio en el que se sentaron en el banquillo dos vecinos de Miller, una pequeña aldea de Santiago-Pontones, acusados de dar una paliza al excompañero sentimental de ella. Presuntamente, ambos abordaron a la víctima en plena calle y lo golpearon varias veces con “un objeto romo y contundente”. La agresión produjo al hombre, un cirujano que entonces tenía 62 años, un traumatismo craneo-encefálico. Al día siguiente, su estado de salud empeoró y entró en coma. Nunca llegó a recuperarse y, tras la aparición de otras patologías, falleció. La misma noche de los hechos y durante los tres meses posteriores, María Elena I. F. mantuvo que ella había sido la persona que le dio el golpe a su expareja. Sin embargo, en abril de 2014, su cuñado, Dionisio P. S. (el marido de su hermana) se autoinculpó, cuando ya sabía que la Guardia Civil andaba tras sus pasos. La Fiscalía sospecha que ambos urdieron un plan para justificar la agresión. En esta estrategia, según apuntó ayer la fiscal en sus conclusiones, la acusada se autoinculpó haciéndose pasar por una víctima de violencia de género que se defiende de su expareja.

En el juicio, que se ha tenido que celebrar en tres sesiones por la incomparecencia de un perito, María Elena I. F. relató que fue su cuñado el que propinó el golpe en la cabeza con un palo a su excompañero sentimental en la noche del 18 de enero de 2014. Eso sí, dejó claro que lo hizo para defenderla de una supuesta agresión. “Me había amenazado con un cuchillo”, dijo. ¿Por qué la mujer se autoinculpó, entonces, en un primer momento? “Me sentía en la obligación moral de defender a mi cuñado y de sacar la cara por él porque todo lo que hizo fue para ayudarme”, justificó en el juicio y también en el último turno de palabra al que tiene derecho un acusado.

Su cuñado se acogió a su derecho a no declarar. Su abogada, en el alegato final, explicó que se vio obligado a confesar unos hechos que no había cometido para ayudar a su familia. “Cuando mi cliente llegó a aquella noche se encontró con que a la víctima ya la habían golpeado”, explicó la letrada.

De todos modos, la defensa recuerda que los médicos que trataron al hombre tras lo ocurrido tan solo le apreciaron un pequeño rasguño en la nariz. “Nada que ver con lo que le ocurrió después. No sabemos lo que hizo desde que se marchó hasta que, al día siguiente, alguien avisó a Emergencias de que se encontraba muy mal”.

La Fiscalía mantiene su petición de diez años de cárcel para María Elena I. F. y de nueve para su cuñado por un delito de lesiones graves. La defensa reclama la libre absolución, al entender que no hay pruebas de que se produjera la agresión. Sin embargo, solo para el caso de que hubiera condena, entiende que debe ser aplicable la circunstancia eximente de legítima defensa. El juicio está visto para sentencia. [R. A.]