Un camionero irá a un juicio de jurado por no auxiliar a una víctima

Un jurado popular tendrá que decidir si el camionero Antonio M. R. es culpable o inocente de haber causado un accidente de tráfico mortal y no haberse siquiera detenido para auxiliar a la víctima.

27 nov 2014 / 09:38 H.

Se le imputa una falta de imprudencia con resultado de muerte y un delito de omisión del deber de socorro, por el que tendrá que someterse a un juicio en el que nueve personas deberán emitir un veredicto “sin odio ni afecto”, tal y como establece la fórmula legal.

Los hechos se remontan a las siete y diez de la tarde del 12 de mayo de 2007, cuando Antonio M. R. circulaba con un camión de gran tonelaje por la carretera que une Villa del Río con Lopera. Llevaba enganchado, además, un remolque de notables dimensiones.

Cerca del municipio jiennense, el conductor pasó junto a dos hombres que montaban a caballo. Eran los hermanos Juan Antonio y Pedro José. Según el fiscal, el camionero “no extremó las medidas de precaución que debía observar”, al aproximarse a los jinetes, lo que hizo que uno de ellos, en concreto Juan Antonio, perdiera el control del animal y cayera al suelo. Se golpeó fuertemente en la cabeza y murió dos horas después como consecuencia del traumatismo craneoencefálico severo. Tenía 26 años y dejó una mujer viuda.

La Fiscalía asegura que el camionero, lejos de detenerse, prosiguió su marcha sin prestar ningún tipo de asistencia ni auxilio a la víctima del siniestro. Por todo ello, acusa a Antonio M. R. de una falta de imprudencia con resultado de muerte y de un delito de omisión del deber de socorro. Se pide una multa de 180 euros y una condena de 18 meses de prisión, más el pago de una indemnización de 122.000 euros a los familiares del fallecido.

Una de las acusaciones particulares, ejercida por los padres del jinete, afirma que el camionero no solo “asustó” al caballo al pasar demasiado cerca, sino que, incluso, llegó a golpear al animal. Explica que esa supuesta colisión se produjo porque no tomó las precauciones de circulación necesarias en una travesía urbana: “Viajaba a una velocidad muy superior a la aconsejada y ocupando el carril izquierdo”, matiza. En este sentido, aporta un testigo que, si bien no presenció el accidente debido a que unos árboles obstaculizaban su visión, “sí escuchó perfectamente el golpe, pues se encontraba en su casa, situada a apenas 8 metros”. Los progenitores piden dos años de prisión para el camionero. La defensa sostiene que lo ocurrido fue un accidente en el que el procesado no tuvo responsabilidad alguna e, incluso, culpa de lo ocurrido “en exclusiva” a la víctima.

En mayo de 2011, ya hubo un primer intento de celebrar el juicio por este caso. Fue en el Penal 2. Sin embargo, se aplazó debido a la incomparecencia del único testigo directo de los hechos, además del propio acusado: el hermano del fallecido. Después, las partes solicitaron que estos hechos debían ser enjuiciados por un jurado debido a que la competencia del delito de omisión del deber de socorro le corresponde al tribunal popular. La vista se celebrará en mayo en la Audiencia Provincial y será presidida por la magistrada María Jesús Jurado.