El Estado rechaza indemnizar

Justicia se niega compensar a Jesús Arteaga por los nueve meses preso por la muerte de su mujer, de la que fue absuelto

11 nov 2017 / 10:32 H.

Jesús Arteaga pasó nueve meses en prisión preventiva, acusado de asfixiar a su mujer y, posteriormente, fingir su suicidio. Incluso, fue acusado de asesinato y se tuvo que sentar en el banquillo para enfrentarse a un durísimo juicio por el conocido como “crimen de la enfermera”. El 22 de mayo de 2014, un tribunal popular lo declaró no culpable y este alto funcionario de la Universidad fue absuelto con todos los pronunciamientos favorables.

Tres años después de aquella sentencia, el Estado rechaza indemnizar a Jesús Arteaga por el tiempo que estuvo encarcelado. Este jiennense había solicitado una compensación de medio millón de euros “por los daños morales” que su cautiverio le supuso. Sin embargo, el Ministerio de Justicia ha desestimado su reclamación, al entender que en este caso no se produjo un error judicial.

Jesús Arteaga estuvo encarcelado de forma preventiva desde el 30 de octubre de 2012 —22 días después de que su esposa fuera encontrada muerta en el domicilio— hasta el 2 de julio de 2013. Los forenses del Instituto de Medicina Legal de Jaén (IML) determinaron que el fallecimiento de la enfermera Antonia González Osuna se produjo antes de las seis de la tarde del 8 de octubre de 2012. Un tramo horario en el que Jesús estaba con ella. Por ello, fue detenido y enviado a prisión preventiva. Sin embargo, los expertos contratados por la defensa consiguieron demostrar que la muerte pudo producirse a las nueve y media, es decir, cuando su marido ya se había marchado del domicilio. Los propios forenses del IML de Jaén también modificaron sus conclusiones iniciales. Además, los peritos de la defensa pusieron de manifiesto que el fallecimiento pudo deberse a una intoxicación por “Propofol”, un medicamento que la víctima tomaba para dormir. Esos argumentos consiguieron sembrar en el jurado popular la duda razonable para declarar “no culpable” a Jesús Arteaga. Un veredicto que llevó necesariamente a una sentencia absolutoria que la Fiscalía ni tan siquiera recurrió ante el Supremo, a pesar de haber pedido en el juicio 18 años de cárcel.

En mayo de 2015, se presentó la reclamación de responsabilidad patrimonial por el anormal funcionamiento de la Administración de Justicia. En concreto, el funcionario jiennense pidió 500.000 euros al Estado por los daños morales. Basó su reclamación en lo que, a su juicio, fueron “graves irregularidades” y “errores” de los forenses del Instituto de Medicina Legal, sobre todo a la hora de fijar la fecha de la muerte de su esposa. De hecho, llega a calificar de “penosa” la investigación.

No obstante, el Ministerio de Justicia, apoyado en el dictamen previo del Consejo de Estado, responde que “la rectificación del criterio inicial de los médicos forenses no permite concluir que existiesen irregularidades en su actuación”.

La reclamación de Jesús Arteaga esgrimía un segundo argumento. Consideraba que su esposa no murió por asfixia mecánica. Es decir, la Fiscalía defendió en el juicio que Antonia González fue estrangulada. No obstante, su marido siempre sostuvo que su mujer falleció por otras causas distinta a la homicida. Este aspecto también es rechazado por el Estado. Recuerda que la sentencia absolutoria se fundamentó en “la insuficiencia de pruebas de cargo contra el acusado”.

Esta segunda vía es la que más posibilidades tenía para prosperar. Y es que la actual jurisprudencia solo estima aquellas reclamaciones en las que se demuestra que el delito imputado no ha existido. Por ejemplo, si en un caso de tráfico de cocaína se demostrase que la sustancia traficada era en realidad, harina. La contestación del Estado explica que la sentencia absolutoria no descarta esta circunstancia: “No se desprende que la convicción del jurado en este caso fuese que los hechos imputados no tuvieron lugar ni que la absolución se fundamentase en una declaración de inexistencia material de tales hechos”.

los “graves errores” forenses

La defensa de Jesús Arteaga enumeró los “graves errores e irregularidades” que, a su juicio, cometieron los forenses. En este sentido, asegura que no se tomó la temperatura del cuerpo ni tampoco la ambiental, cuya determinación era “esencial” para precisar la data de la muerte. Tampoco se extrajo el humor vítreo en el levantamiento del cadáver y las muestras permanecieron “un excesivo tiempo sin refrigerar”.

Recurso ante la Audiencia Nacional

Los abogados de Jesús Arteaga confirman que han presentado un recurso ante los tribunales contra la decisión del Estado de no indemnizar a su cliente. En concreto, el caso está ya en manos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que es la competente en estos procesos. Después, incluso, cabría un segundo recurso ante el Tribunal Supremo. La decisión final, por lo tanto, puede tardar años.