Archivo definitivo de la causa de los contratos de la Diputación

La Justicia determina que no hubo facturas ficticias ni daño a las arcas públicas

23 mar 2017 / 11:46 H.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén, que preside María Esperanza Pérez Espino, desestima el recurso de apelación que interpuso el PP contra el archivo de la causa abierta, en el Juzgado de Instrucción número 4, a raíz de la llamada operación “Paraíso” de la Policía Nacional. En el transcurso de esta investigación fue detenido el exdelegado de Economía de la Junta de Andalucía, Antonio de la Torre Olid, como sospechoso de fraudes en la concesión de contratos publicitarios, mientras trabajaba en el Área de Presidencia de la Diputación. Como responsables de las empresas adjudicatarias de esta campaña promocional, se practicó el arresto de tres empresarios, Alejandro M. R, José Ramón P. B. y José Manuel B. A., aunque, este último, ni tan siquiera pasó a disposición judicial, al quedar libre directamente tras declarar en la Comisaría. De la Torre recibe la notificación del dictamen judicial, precisamente, tras su reincorporación a la plantilla de la Administración provincial, tras dejar su cargo en la Junta. El político, que ayer se dejó ver en la sede de la Diputación, dimitió de sus responsabilidades políticas, el pasado 2 de marzo, según dijo, “por motivos personales y muy íntimos”.

Tras la decisión de los populares de tratar de reabrir la causa, a la que ya dio carpetazo la jueza Carmen Ballesteros, la Audiencia acogió la deliberación para determinar qué pasos había que seguir, el pasado 15 de marzo. Hasta ayer, no se conoció el resultado de la vista celebrada, aunque todo apuntaba al sobreseimiento del caso, al oponerse la propia Fiscalía a su reapertura, al igual que la Diputación Provincial, que se personó en el caso como “perjudicada” por el supuesto uso inadecuado de fondos públicos. Ya el 1 de diciembre de 2016, apenas dos meses después de las detenciones y la polvareda política que levantó la investigación policial, la instructora decidió cerrar la investigación al no observar elemento alguno que permitiera imputar a De la Torre y los empresarios los delitos que se les atribuían, prevaricación, fraude o exacción legal; en definitiva, no vio dolo o “actuación culposa” por parte del funcionario. La Justicia recuerda que, en el atestado policial, se relata cómo se cerró una campaña publicitaria con cuatro empresas y que el trabajo fue realizado. Sobre el quid de la intervención Policial, el hecho de haber fraccionado este contrato, lo que dio lugar a varios acuerdos distintos, se razona que si esta práctica contó con el visto bueno de la Intervención de la Diputación y no se impugnó mediante la vía administrativa, no se puede concluir que este acuerdo constituya en sí un ilícito penal. Otros de los hechos que se tienen en cuenta para paralizar la investigación judicial son que no se emitieron facturas ficticias y que tampoco se causó daño alguno a las arcas de la Diputación. Al PP, que fue el que pidió la reapertura del caso, al entender que el archivo era precipitado, se le dice que, aunque las diligencias recién agotadas comenzaron el 12 de abril de 2016, en toda la fase de instrucción no solicitó la práctica de pruebas. En esta línea, la Sección Tercera considera improcedente que, en el recurso, el apelante reclamara la declaración del interventor, que ya prestó, y otras diligencias practicadas, como un informe de Hacienda, por ser “totalmente innecesarias”.