Absueltos los dos acusados de publicar en internet fotos íntimas de una amiga

La magistrada entiende que no hay pruebas suficientes

    31 dic 2015 / 09:00 H.

    Una mujer y su hijo, ambos vecinos de un municipio de la comarca de Cazorla, han sido absueltos por el Penal número 3 del delito de vulneración de la intimidad con difusión por el que se sentaron en el banquillo el pasado 10 de diciembre. Según la Fiscalía, ambos consiguieron acceder a las redes sociales de una amiga y, en sus distintos perfiles digitales, colgaron fotos eróticas de la víctima. El fiscal reclamó cuatro años de cárcel para cada uno de los dos procesados. Sin embargo, la magistrada Erika Ávila considera que no hay pruebas suficientes como para condenarlos.

    El principal indicio contra ellos era que las fotos se habían publicado desde una dirección IP asociada al número de teléfono que los acusados tenían en su casa. Desde ahí, está comprobado que alguien colgó imágenes en las que se veía a la perjudicada con los pechos al descubierto. También se publicaron dos anuncios de contactos en una web, “cuyo contenido era el de mantener relaciones sexuales gratis y donde se facilitaba el número de teléfono móvil y fijo de la víctima”. La mujer recibió innumerables llamadas.

    Sin embargo, la juez considera que el hecho de que se utilizara esa dirección IP no es prueba suficiente. “El dueño de ese terminal no tiene por qué ser el autor de los hechos que se hayan llevado a cabo a través del ordenador”, razona su señoría en los fundamentos de derecho. Recuerda que había otras personas que también tenían acceso al portátil de la víctima. Por ello, dicta una sentencia absolutoria con todos los pronunciamientos favorables.