Absueltos los acusados de dañar un yacimiento

La juez estima que hicieron obras en la parcela sin saber que existían restos de una antigua fortaleza romana

12 jun 2018 / 08:35 H.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Jaén ha absuelto a los tres vecinos de Porcuna que fueron acusados de causar daños irreversibles en el yacimiento de Abejúcar, donde se encuentran los restos de una fortaleza de origen romano. La sentencia considera que los procesados no tenían conocimiento de que en el lugar existían esos vestigios históricos, ya que la zona no estaba señalizada, ni delimitada, a pesar de estar protegida. La Justicia sí que ha considerado a los acusados autores de un delito contra la ordenación del territorio. Se les impone un castigo de un año y medio de cárcel, que no cumplirán porque carecen de antecedentes, y el pago de una multa de 2.160 euros.

Los condenados realizaron obras en un terreno ubicado cerca de Porcuna, que estaba declarado no urbanizable y de especial protección. ¿Por qué? Los arqueólogos habían descubierto que en esa zona levantó un día el conocido como Castillo de Aben Jucar. Allí todavía se conservaban sus restos: un recinto fortificado, con varias líneas de murallas, compuestas por grandes sillares de tierra bien trabajada, tal y como se describe en la Base de Datos del Patrimonio Arqueológico de Andalucía.

Entre abril y junio de 2013, los acusados metieron allí maquinaria pesada. Excavadoras que realizaron movimientos de tierras que arrasaron el yacimiento. La juez Carmen Carpio no tiene dudas de que los tres acusados realizaron esas obras: se trata del propietario de la parcela, del encargado que las supervisó y de la persona que las ejecutó materialmente. Por ello, los condena como autores de un delito contra la ordenación del territorio.

No obstante, la Fiscalía había presentado cargos por un segundo delito: daños en el yacimiento. La magistrada considera que los acusados desconocían la existencia de esos vestigios arqueológicos. La sentencia describe que los restos no estaban señalizados ni delimitados, a diferencia de otros existentes en la zona. Así lo confirmaron los técnicos del Ayuntamiento que declararon como testigos. Por eso, los tres procesados fueron absueltos de esta segunda acusación.

En este caso se da la paradoja de que la sentencia del Penal número 2 no fija responsabilidad civil alguna por la destrucción del sitio arqueológico, ocasionada por los movimientos de tierra. Inicialmente, la Fiscalía solicitaba a los procesados el pago de una indemnización de 750.000 euros. Esa petición ha sido rechazada en la sentencia. Los motivos son llamativos: la Junta de Andalucía desconoce la entidad de los destrozos causados en el yacimiento. Los peritos de la Consejería de Cultura aseguraron en la vista oral que es imposible cuantificar los daños y que, además, “son de imposible restauración”.