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Condenado a un año de cárcel por abusos sexuales tras masturbarse en un autobús delante de una joven

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El Juzgado de lo Penal número tres de Jaén ha condenado a un  hombre de 44 años de edad por un delito de abusos sexuales tras  masturbarse en un autobús que cubría una línea regular delante de una  joven. 

La sentencia recoge que los hechos sucedieron en marzo de 2007, cuando el procesado estaba en el citado autobús que realizaba el trayecto entre Jaén y Linares y en  el asiento contiguo al suyo se encontraba la perjudicada, que en el  momento de los hechos tenía 28 años de edad. En el viaje, el acusado, "con el manifiesto propósito de  satisfacer su deseo sexual", realizó "reiterados tocamientos" con sus  manos a las piernas de la joven, al tiempo que se masturbó en su  presencia. La perjudicada denunció estos hechos "inmediatamente" en  la comisaría de Linares "tan pronto hubo llegado a la ciudad" y se  encuentra en tratamiento psicológico por estos hechos.  

El tribunal considera que en la declaración de la joven se dan los  requisitos de ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y  persistencia en la incriminación y, además, no se aprecia móvil de  enemistad ni animadversión en la denuncia que formuló contra el  acusado, al que no conocía y lo identificó ante la Policía porque  estaba en la estación de autobuses cuando llegaron los agentes.  Además, a preguntas de la defensa de por qué ni gritó ni pidió  ayuda, ella declaró que se quedó en estado de 'shock' y que como no  sabía qué reacción podía tener el procesado y ella estaba sentada en  el asiento junto a la ventana reaccionó acurrucándose para que no  pudiera tocarla. 

El propio procesado cuando prestó declaración ante el juzgado  reconoció que podía ser que se le escapara la mano "alguna vez", si  bien no compareció en el juicio oral para defender su versión frente  a la de la denunciante.  En definitiva, el juzgado le condena por un delito de abusos  sexuales, en el que no aplica circunstancias modificativas de  responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión y a que  indemnice a la perjudicada en la cantidad de 500 euros. 

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