Las policías locales catalanas, obligadas a investigar el 1-O

La Fiscalía pide que se inspeccione cualquier preparativo para el referéndum

    14 sep 2017 / 10:27 H.

    Las Fiscalías de Barcelona, Tarragona, Lleida y Girona cursaron instrucciones a las policías locales de todos los ayuntamientos catalanes para investigar cualquier preparativo del referéndum del 1-O. Así, les insta a actuar en base a los artículos 11 y 12 de la Ley 16/1991, de 10 de julio, de Policías Locales de Cataluña, como policía judicial, del mismo modo que ya ha solicitado investigar a Mossos d’Esquadra, la Policía Nacional y la Guardia Civil, según ha informado Fiscalía. Pide a los cuerpos locales que investiguen cualquier hecho “encaminado a organizar el referéndum ilegal y a intervenir los efectos o instrumentos destinados a prepararlo o a celebrarlo”.

    La Fiscalía pide que los encargados de trasmitir esta orden sean los jefes de las unidades de policía judicial de los Mossos d’Esquadra, y concreta que se haga por escrito e interesando acuse de recibo dirigido a los jefes de las policías locales de cada demarcación. Así, les insta a que, “ante la existencia o conocimiento de cualquier hecho de la naturaleza descrita, o conexo, se procederá a elaborar de forma urgente informe o atestado” con todos los datos necesarios acerca de su ejecución, autoría, participación y circunstancias. Este informe se remitirá con carácter urgente al fiscal jefe de la Fiscalía territorial competente, remitiendo copia a las unidades de policía judicial de Mossos “a efectos de coordinación”.

    Según la instrucción de Fiscalía, que complementa la dictada respecto a Mossos, Guardia Civil y Policía Nacional, los policías locales “practicarán de forma inmediata las diligencias para acreditar los hechos delictivos y determinar responsabilidades penales. Asimismo, procederán “directamente” a adoptar medidas para intervenir instrumentos para celebrar el referéndum requisando urnas, sobres electorales, manuales de instrucciones, e impresos y propaganda electoral, entre otros.

    Según el documento, la notoriedad de la prohibición de los actos de organización del 1-O hace que cualquier conducta de autoridades, funcionarios públicos o de particulares sea constitutiva.