La Fiscalía ordena que se intervengan las urnas del 1-O

Exige a las fuerzas de seguridad que tomen medidas para evitar el referéndum

13 sep 2017 / 10:56 H.

La Fiscalía Superior de Catalunya comunicó ayer a los Mossos d’Esquadra, la Guardia Civil y la Policía Nacional que deben impedir el referéndum tomando todas las medidas necesarias, como intervenir urnas, sobres electorales, manuales de instrucciones, propaganda electoral y cualquier otro material de difusión, promoción o ejecución del 1-O, informó en un comunicado. Así lo trasladó en la reunión mantenida ayer con el mayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero; el general jefe de la Guardia Civil en Cataluña, Ángel Gozalo, y el jefe superior de la Policía Nacional en Cataluña, Sebastián Trapote, durante una media hora en la Fiscalía Superior, en la sede de la calle Pau Claris de Barcelona. “Los funcionarios policiales, a fin de evitar la consumación o el agotamiento de los delitos, procederán directamente a adoptar las medidas necesarias para intervenir los efectos o instrumentos destinados a preparar o celebrar el referéndum ilegal”, según el comunicado. Tras la reunión de ayer, la Fiscalía prevé hoy reuniones en el mismo sentido en las fiscalías provinciales de Barcelona, Tarragona, Lleida y Girona. Considera que, tras los pronunciamientos del Tribunal Constitucional, queda “fuera de toda duda la ilegalidad” de todos los actos dirigidos a un referéndum de autodeterminación y que quienes lo promuevan pueden incurrir al menos en delitos de desobediencia, prevaricación y malversación de caudales públicos —este, penado con ocho años de cárcel—

Por eso, la Fiscalía de Cataluña, de acuerdo con la Fiscalía General del Estado, dio instrucciones a todas las unidades policiales de como actuar ante cualquier acto que se ejecute en su demarcación por autoridades o funcionarios públicos, y particulares “en connivencia con aquellos”. Así, deberán, ante la existencia o conocimiento de cualquier acto preparativo, proceder a “elaborar de forma urgente el informe y atestado oportuno, que contenderá todos los datos necesarios acerca de su ejecución, autoría, participación y circunstancias concurrentes”. Además, deberán si es necesario intervenir el material o instrumentos destinados a celebrar el referéndum, conforme a las previsiones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, dictó el jueves un oficio remitido a la Fiscalía Superior que ya ordenaba a los máximos responsables de Guardia Civil, Policía Nacional y Mossos en las cuatro provincias catalanas intervenir en el caso de la celebración del 1-O, interviniendo, si la situación lo requiere, todos “los efectos del delito”.

Y para la ejecución de esas medidas, el artículo 155.2 prevé que el Gobierno pueda “dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas”. Fuentes del Ejecutivo explican que el plazo para requerir al presidente de la comunidad autónoma lo fija quien hace el citado requerimiento y puede ser de 24 horas. Además, el procedimiento de aplicación del artículo 155 está regulado en el Reglamento del Senado, que exige que el Gobierno envíe al presidente de la Cámara una propuesta con las medidas.

El Tribunal aprueba el trámite de suspensión

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra la ley de ruptura de Cataluña, que regula un régimen transitorio hasta la aprobación de una eventual Constitución de la República catalana, informaron a Europa Press fuentes de este órgano. La mera admisión del recurso conlleva la suspensión de la vigencia de esta norma durante al menos cinco meses. Tal y como solicitaba la Abogacía del Estado, el tribunal de garantías apercibe personalmente tanto al presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, como al resto de miembros del Gobierno; a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, y a los miembros de la Mesa y también a los miembros de la Sindicatura Electoral de que no pueden dictar ningún acuerdo dirigido a ejecutar las previsiones de los 89 artículos de la ley. Los magistrados, que estuvieron reunidos unas tres horas, habían incluido también en su orden del día de ayer el recurso del Gobierno central contra la ley del código tributario con la que la Generalitat pretende crear una Hacienda propia, que fue igualmente admitido y sobre el que también pesa a partir de ayer una suspensión cautelar mientras se resuelve sobre el fondo. Los magistrados dejaron para hoy asuntos relacionados con el proceso.

El Gobierno cree que el artículo 155 se puede aplicar en cinco días

El Gobierno cree que el artículo 155 de la Constitución española, que contempla la suspensión de las competencias de una comunidad autónoma, se puede aplicar “técnicamente” en un plazo de cinco días, pero deja claro que ahora no contemplan hacerlo. “No estamos en eso”, aseguraron fuentes del Ejecutivo. El citado artículo de la Carta Magna dice que si una Comunidad Autónoma no cumple las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actúa de forma que “atente gravemente al interés general de España”, el Gobierno puede enviar un “requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma”. Según las fuentes consultadas, el plazo para el cumplimiento de este requerimiento lo fija el Ejecutivo y, en caso de que no sea atendido, podrá pedir que se convoque un pleno en el Senado para “adoptar las medidas necesarias para obligar” a la región de que se trate “al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones” o para la protección del “interés general”.