Piden 7 años de cárcel para 4 miembros de La Manada

Investigación por abusos sexuales a una joven en Pozoblanco

    22 ene 2019 / 09:01 H.

    La Fiscalía de Córdoba pide para los cuatro acusados miembros del grupo de WhatsApp de “La Manada” en la causa abierta en el Juzgado de Pozoblanco penas de tres años de prisión por un delito de abusos sexuales hacia una joven en el interior de un vehículo, cuatro años más por otro delito contra la intimidad y para uno de ellos, el último conductor, una multa de 720 euros por causar lesiones leves, en estos hechos que ocurrieron días antes del caso de los Sanfermines de 2016, concretamente en mayo. El Ministerio Fiscal también solicita para la víctima como responsabilidad civil una indemnización conjunta y solidaria que deberán pagar los acusados de 4.500 euros por su curación y 6.000 más por los daños morales causados, según ha informado la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en base al escrito de calificación provisional.

    Los hechos ocurrieron en la noche del 1 de mayo de 2016 y se hicieron públicos en septiembre de 2016 en la investigación de la causa que se estaba desarrollando en Pamplona y en la que estaban implicados los cuatro acusados en este caso y un miembro más del citado grupo. Así, las pesquisas derivaron en “la localización de la grabación de los abusos sexuales realizados en el interior de un coche a la víctima”, a través de uno de los móviles de los acusados, imágenes que fueron enviadas por A. M. G. E. al archivo del chat ‘La Manada’, a las 7:45 horas, integrada por cuatro acusados y tres personas más y también se envía el video al chat denominado ‘El Peligro’, a las 7:52 horas, formado por uno de los acusados, J. A. P. M., y 20 personas más”. Además de las penas de prisión solicitadas por la Fiscalía, también solicita para los cuatro acusados la prohibición de comunicar o aproximarse a la víctima en cualquier lugar donde se encuentre o frecuente o en su domicilio a una distancia inferior a cien metros durante ocho años para el delito de abuso sexual y otros nueve años más por el delito contra la intimidad al ceder a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales sin su consentimiento cuando la divulgación menoscaba gravemente la intimidad personal de esa persona.