Condenadas dos menores por acosar a una compañera de clase

Vejaron, insultaron y ridiculizaron a la víctima durante dos cursos completos

27 oct 2018 / 11:43 H.

Susana (es un nombre figurado) vivió un infierno durante dos cursos en el Instituto Fuente de la Peña. Sufrió insultos, amenazas, vejaciones... Dos compañeras de clase le hicieron la vida imposible. La dejaban encerrada en el aula, la empujaban, la obligaban a marcharse del sitio en el que estuviera sentada, la escupían... Literalmente, la “machacaron” desde el punto de vista psicológico. La víctima llegó a presentar síntomas de “ansiedad severa”, tal y como pusieron de manifiesto los médicos que la trataron. Un caso de “bullyng” escolar de manual. Sus dos acosadoras han sido condenadas por un delito contra la integridad moral. El Juzgado de Menores de Jaén les impuso la realización de un año de tareas socioeducativas y de un taller de prevención de estas conductas. Una tercera adolescente, igualmente menor de edad, también ha sido condenada por un delito de lesiones leves ya que, en una ocasión, cogió de los pelos a la víctima y le dio tirones. La sentencia, que ha sido íntegramente ratificada por la Audiencia Provincial, supone una de las pocas condenas que se han dictado en la provincia por “bullyng” escolar.

Los hechos se remontan a los cursos 2015/2016 y 2016/2017. Las tres procesadas y Susana eran compañeras en el instituto Fuente de la Peña de la capital jiennense. La resolución judicial afirma que dos de las condenadas acosaron a la víctima durante todo ese periodo de tiempo. “Lagartija”, “tabla de planchar” o “hija de puta” eran algunos de los insultos que le dedicaban prácticamente a diario. Otros alumnos que declararon como testigos relataron en el juicio que las condenadas proferían esas expresiones durante las clases, en los intercambios y en los recreos. También en los grupos de mensajería telefónica que los alumnos tenían en común. Susana siempre “se callaba y se aguantaba”, tal y como apuntaron los compañeros de instituto.

En una ocasión, una de las acosadoras dejó encerrada en un aula a la víctima. Otras veces le tiraron la mochila. El 15 de mayo de 2017, se produjo otro grave incidente en la biblioteca del centro educativo. La denunciante estaba sentada estudiando con una amiga, cuando llegaron las dos alumnas ahora condenadas. Le dijeron que tenía que levantarse de ese sitio porque no era el suyo. A continuación, comenzaron a insultarla: “Hija de puta”, le dijeron. Una de ellas preguntó a la adolescente que acompañaba a la víctima que por qué estaba con ella. Cuando la amiga le respondió que no entendía lo que estaban haciendo, otra de las acosadoras le contestó: “Yo no le hago ‘bullyng’, se lo hace mi coño”.

A finales de ese mes de mayo, los padres pidieron al director del centro que cambiara de clase a su hija para evitarle nuevos problemas. No obstante, las dos menores siguieron persistiendo en su actitud de acoso, tal y como se relata en la sentencia. La resolución judicial relata que la persiguieron al salir del instituto y que llegaron a escupirle. El “bullyng” solo cesó cuando los progenitores presentaron una denuncia.

En el juicio, las procesadas negaron su participación en los hechos. Rechazaron los insultos, las vejaciones, las humillaciones y las amenazas. Sus abogados defensores, incluso, recordaron que la única medida que adoptó el centro educativo cuando le fueron comunicados los hechos fue cambiar de clase a Susana, sin tomar ninguna medida . No obstante, la juez de Menores entendió que había prueba suficiente de que la víctima había sufrido acoso escolar. “Las dos alumnas se han dirigido a Susana con insultos, palabras y actos que han tenido por objeto ridiculizarla ante los demás y atentar contra su dignidad como persona”, sostiene la magistrada María Teresa Carrasco Montoro en su resolución judicial, que ha sido confirmada íntegramente por la Audiencia. Se apoya en el testimonio de la propia víctima, que considera “creíble, persistente y ausente de móvil espúreo”. Es más, la familia renunció a recibir cualquier indemnización económica que pudiera corresponderle por estos hechos. La magistrada también recuerda los testimonios de otros alumnos del centro educativo, que presenciaron las humillaciones y el trato degradante que dispensaron a Susana durante dos cursos.

Como medida de corrección, su señoría considera que las dos acosadoras deben realizar un año de tareas socieducativas en un taller de competencia social, un taller de prevención de conductas infractoras y un taller de prevención del “bullyng”. La sentencia explica que ambas adolescentes pertenecen a familias estructuradas, “que se preocupan por sus hijas adecuadamente y en las que existe control y comunicación”. “Son alumnas buenas, están bien adaptadas en el instituto y a nivel familiar y social cuentan con grupos sociales adecuados y de características parecidas”, añade la sentencia para justificar que la condena impuesta es “proporcionada”.

El relato de otros alumnos fue clave

testimonio. Varios compañeros de clase de la víctima y de las acosadoras fueron llamados por la Justicia para declarar como testigos. Dos de ellos ratificaron que Susana había sufrido las vejaciones, los insultos y las humillaciones, prácticamente, desde que pisó el instituto. La magistrada considera pruebas de cargo sus declaraciones. La juez también tiene en cuenta el tratamiento médico al que fue sometida la menor y que detectó un alto grado de ansiedad.